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Pueblos Indígenas y Desarrollo: El Necesario Reconocimiento Institucional


Según UNICEF, existen más de 500 pueblos indígenas en América Latina. Está es una declaración del ámbito cultural reflejada por la Organización Internacional. Una afirmación poco explicita, nula o ambigua en las Constituciones en terreno doméstico. Solamente en la región, Bolivia, Colombia, Ecuador, México, Perú, Nicaragua y Venezuela se han reconocido como países de diversidad étnica; este es un primer paso, pero no es suficiente en la dinámica social si se aspira a una integración armónica en el escenario continental. Un ejemplo de esta carencia, se expresa en el artículo 6 de la Constitución de Honduras, que dice:

El idioma oficial de Honduras es el español. El Estado protegerá su pureza e incrementará su enseñanza.

La lengua es un elemento base en la construcción social de la identidad, aunque no es el único elemento. Reconocer y en algunos casos fortalecer o recuperar la lengua, las costumbres, el conocimiento tradicional es también esencial en América Latina. Discriminación, integracionismo, o, paternalismo han mermado la identidad indígena, en casos extremos aniquilado culturas y en muchos países suscitado resistencias. Los Estados tienen aún mucho camino por andar, empezando por el reconocimiento formal de la diversidad en las Cartas Magnas; los distintos gobiernos tendrían que reconocer en la praxis su vinculación al Convenio 169 de la OIT, así como su adhesión a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI, 2007), en las distintas políticas públicas que se aplican en aquellos sitios donde viven y coexisten los pueblos nativos.

En la contemporaneidad, la idea de desarrollo se encuentra cuestionada por distintos actores de la sociedad cuando se atiende a poblaciones indígenas[1]; surgen conflictos entre los agentes públicos y privados[2] que intervienen en territorios ancestrales (Marti i Puig: 2007). Sin embargo existe en la DNUDPI artículos que encaminan de modo holístico la idea de desarrollo, protegiendo el reconocimiento y los derechos de los indígenas. Por ejemplo, el artículo 3 dice que:

Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.

Permítanme insistir, para poder garantizar este derecho y los demás, se requiere en primera instancia el reconocimiento constitucional de la diversidad étnica, eliminando todo resabio de exclusión. Un reconocimiento en el que cada sector de la sociedad tendrá la valiosa oportunidad de redescubrir su riqueza cultural, entendida como elemento de desarrollo, tema del que nos ocuparemos en otro artículo con mayor detalle. Es importante conocer el rol que podemos desempeñar en ésta batalla cultural.

Respecto al enfoque metodológico que se requiere para entender la idea-fuerza de desarrollo al servicio de las personas (Unceta: 2014: 99), sólo quiero apuntar que necesitamos una mirada interdisciplinar del término, con sentido humano. Los problemas sociales no son exclusivamente económicos, nuestra reflexión respecto al tema de Pueblos indígenas y Desarrollo debe abarcar disciplinas diversas como la antropología, el derecho, la filosofía, la ecología, la sociología e incluso la literatura, como mínimo.

Así, podemos acordar desde un inicio que la construcción del desarrollo humano o integral, e inclusivo, además en armonía con el medio ambiente, donde se encuentran las poblaciones indígenas, sólo será posible en la medida en qué se reconozca la identidad de los propios pueblos. Es decir, sin reconocimiento de la propia identidad el desarrollo deja de ser inclusivo, y por tanto deja de ser desarrollo.

Notas

1 Un ejemplo de estos cuestionamientos lo encontramos en la “Marcha por el agua, la vida y la dignidad”, desarrollada en distintas ocasiones desde 2011 en Ecuador, por la política extractivista del gobierno actual.

2 Ver el Mapa de conflictos entre Pueblos indígenas y transnacionales, editado por la CODPI (Coordinación por los Derechos de los Pueblos Indígenas). Disponible [en línea, consultado (12/03/15)]: http://www.codpi.org/territorio-y-recursos-naturales/observatorio/mapeo.

BIBLIOGRAFÍA:

► ACOSTA A., MARTINEZ, E. y UNCETA, K. (2014). Desarrollo, postcrecimiento y buen vivir, debates e interrogantes, Primera edición, Ediciones Abya-Yala, Quito, 214 pp.

► ATLAS SOCIOLINGUÏSTICO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS EN AMÉRICA LATINA (2009). Cochabamba-Bolivia, UNICEF-FUNPROIEB-AECID, ISBN: 978-92-806-4491-3, Tomo 1: 522 pp., Tomo 2: 584 pp.

► Declaración Universal sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007). Organización de Naciones Unidas, Nueva York, (A/RES/61/295).

► MARTI I PUIG, Salvador (2007). Pueblos indígenas y Política en américa latina: el reconocimiento de sus derechos y el impacto de sus demandas a inicios del siglo XXI, Barcelona, Fundació CIDOB, 544 pp

Sobre la autora:

Linda Acosta Rodríguez, Doctoranda en Ciencias Sociales, línea de investigación: estudios latinoamericanos, Universidad de Salamanca. Máster en relaciones Internacionales Iberoamericanas, Universidad Rey Juan Carlos (Madrid). Socióloga, Universidad Autónoma Metropolitana (Xochimilco).

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